1. Las solicitudes en la acreditación en Urgencias Pediátricas se efectuarán a título personal y serán tramitadas por medio de la SOCIEDAD ESPAÑOLA DE URGENCIAS PEDIÁTRICAS (SEUP), que informará a la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PEDIATRÍA (AEP) para su concesión.
  2. Las condiciones necesarias para recibir una determinada acreditación son las establecidas en la Reunión de Presidentes de las Sociedades/Secciones Especializadas (27/03/93, Acta 1/93) que fueron ratificadas en la Asamblea General de AEP en su XXIV Reunión Anual (Murcia 10/10/93).
    • Ser miembro numerario de la SEUP con una antigüedad, de cinco años.
    • No estar acreditado en otra subespecialidad.
    • Certificado de estar realizando una labor asistencial, mínimo de cinco años, en una Unidad de Urgencias pediátricas, expedido por el responsable de la Unidad.
    • Presentación de la solicitud con la hoja de baremación con una puntuación superior a 80 puntos. (link)
    • El Tribunal clasificador se reserva el derecho de exigir los datos necesarios para comprobación de los méritos expuestos, disponiendo el solicitante un plazo de treinta días naturales para su presentación, en caso contrario será rechazada la solicitud.
    • Todas las solicitudes irán acompañadas de la fotocopia del título de Pediatra y del último recibo de la Sociedad Regional a la que pertenezca