1. Introducción
1.1 |
La finalidad de los Grupos de Trabajo (GT) de la Sociedad Española de Urgencias de Pediatría (SEUP) es la de ser instrumentos para cumplir objetivos científicos, de formación continuada y de asesoramiento a la Junta Directiva (JD) o a otras Instituciones que lo soliciten a través de ésta.
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1.2 |
La siguiente Normativa de Régimen Interno es de obligado cumplimiento para todos aquellos GT que se constituyan como tales dentro de la SEUP. |
2. Tipos de grupos de trabajo
2.1 |
Los GT pueden ser de dos tipos: |
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2.1.1 |
Grupos de trabajo estables (GTE). Su duración será permanente, pudiendo trabajar en distintas vertientes dentro de una misma área.
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2.1.2 |
Grupos de trabajo transitorios (GTT). Constituidos para realizar un trabajo puntual y específico, debiéndose disolver una vez cumplido el objetivo marcado.
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2.2 |
Un GTT en su inicio puede convertirse en un GTE. Los GTT podrán convertirse en GTE siempre que: |
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3. Proceso de constitución de un Grupo de Trabajo
3.1 |
Se podrán constituir a través de dos vías: |
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3.1.1 |
Por iniciativa de la propia Junta Directiva, la cual indicará si se trata de un GTE o de un GTT. En este caso la Junta lo comunicará a todos los socios para que éstos puedan participar, si lo desean, en las actividades del GT. |
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3.1.2 |
Mediante solicitud escrita a la Junta Directiva, cumplimentando el formulario de solicitud de constitución de GT que figura en la página Web de la SEUP, que debe estar avalada por un número no inferior a 3 socios. En la solicitud se hará constar si se solicita la creación de un GTE o de un GTT. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud se enviará mediante el formulario de contacto online en la página Web de la SEUP. |
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3.2 |
Cronograma del proceso de solicitud de constitución de un GT: |
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3.2.1 |
El solicitante que firma el formulario de solicitud de constitución del GT debe enviarlo por correo electrónico al Secretario de la SEUP. En dicho formulario deberá explicar la justificación de constitución del nuevo GT, los objetivos propuestos, la metodología y el plan de trabajo, así como los miembros iniciales del GT y cuál de ellos será el Coordinador del Grupo de Trabajo.
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3.2.2 |
La JD responderá por correo electrónico a la solicitud en un plazo no superior a 1 mes.
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3.2.3. |
En el caso de aprobación de la constitución del GT, el solicitante recibirá además por escrito la respuesta afirmativa a la constitución del GT por parte de la JD de la SEUP.
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3.2.4 |
En el caso que la respuesta inicial de la JD indique que la solicitud no cumple todos los requisitos exigidos por la vigente normativa de régimen interno de los GT, el solicitante, si lo cree oportuno, podrá reenviar el formulario de solicitud de constitución del GT en un plazo no superior a 1 mes. |
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3.2.5 |
La JD responderá de forma definitiva al solicitante, por correo electrónico, en un plazo también no superior a 1 mes. El solicitante recibirá por escrito la resolución definitiva por parte de la JD de la SEUP. |
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3.3 |
Distintos GT ya constituidos, tanto como GTE o como GTT, pueden fusionarse en un nuevo GT. Para ello deberá seguirse el proceso ordinario de solicitud de constitución de un GT, cumplimentando el correspondiente formulario de constitución de GT en el que deberán redefinir su justificación, objetivos y plan de trabajo. |
4. Requisitos que deben cumplir los Grupos de Trabajo
4.1 |
Los GT estarán formados por un mínimo de 5 miembros de los cuales el 60%, como mínimo, deben ser socios de la SEUP. |
4.2 |
Uno de ellos, que debe ser socio numerario de la SEUP, actuará como Coordinador del GT. |
5. Financiación del los Grupos de Trabajo
5.1 |
La Junta Directiva destinará una partida presupuestaria para el funcionamiento ordinario de los GT, suficiente para facilitar la presencia del coordinador del GT (o de la persona en quien delegue) en la Reunión Anual de la SEUP, siempre que ello implique la realización de la reunión del GT en los términos contemplados en estas Normas.
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5.2 |
Como norma general cada GT deberá hacerse cargo de los otros gastos derivados de su financiación.
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5.3 |
En caso de que el GT reciba aportaciones económicas externas (de la industria farmacéutica, editoriales, etc.) informará de ello a la JD con la que pactará los detalles de la financiación.
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5.4 |
En el caso de proyectos/estudios viables que tengan un adecuado rigor científico y que para su realización precisen de apoyo económico el GT lo podrá solicitar a la JD. La JD valorará también el interés general del proyecto presentado. La solicitud de ayuda económica siempre se solicitará antes de iniciarse el trabajo y fundamentalmente se concederá para el tratamiento y análisis estadístico de los datos del estudio. |
6. Normas de funcionamiento de los Grupos de Trabajo
6.1 |
Los GT deberán reunirse formalmente como mínimo una vez al año. |
6.2 |
De todas sus reuniones deberán realizar acta, de la cual se incluirá copia en la Memoria anual que se entregue a la JD de la SEUP. |
6.3 |
Las publicaciones, comunicaciones, participación en actos científicos y colaboraciones de cualquier tipo que se realicen en calidad de "Grupo de Trabajo de la SEUP", deberán contar con el consentimiento del Presidente quien, siempre que lo crea necesario, consultara con la Junta Directiva. Para ello deberán solicitarlo con anterioridad y será potestad del Presidente, y de la Junta Directiva en su caso, el decidir la idoneidad o no de su realización. Los trabajos estarán firmados como "Grupo de Trabajo de …… de la SEUP" y se hará constar el nombre del coordinador y el de todos los componentes del GT que hayan participado en el trabajo, haciendo constar el centro de trabajo de cada uno de ellos. |
7. Memoria anual del Grupo de Trabajo
7.1 |
El coordinador de un GT entregará a la Junta Directiva de la SEUP una Memoria anual, correspondiente a un año natural, mediante la cumplimentación del formulario de memoria anual de GT que figura en la página Web de la SEUP, que contemple la siguiente información: a. Relación actualizada, a 31 de diciembre, de los componentes del GT, indicando la condición o no de socio de la SEUP de cada uno de ellos, teniendo en cuenta que al menos el 60% deben ser socios de la SEUP. b. Proyectos o trabajos finalizados durante el año. c. Proyectos o trabajos no concluidos pero que se han iniciado o se han continuado realizando durante el año. d. Proyectos o trabajos no iniciados pero en vías de realización. e. En caso de financiación externa o por parte de la JG de alguna actividad del GT, deberá constar en la Memoria la cuantía total y los detalles de dicha financiación. Si la financiación no procede de la Junta Directiva se deberá anexar el contrato económico con la empresa que financia el proyecto. f. Copia del acta de las reuniones del GT realizadas durante el año. g. Cualquier otro documento de interés. Una vez cumplimentado enviar el formulario en formato Word a través del formulario online de la página web de la SEUP.
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7.2 |
La Memoria anual del GT deberá enviarse al Secretario de la JD, al menos 2 meses antes de la celebración de la Reunión Anual de la SEUP.
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8. Reunión Anual de la SEUP
8.1 |
Los GT podrán solicitar a la JD un lugar de reunión durante la celebración de la Reunión Anual y ésta se lo debe proporcionar.
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8.2 |
La JD dará cuenta en la Asamblea General de la SEUP, de la constitución, si los hubiere, de los nuevos GT, y de sus actividades y resultados más relevantes. Todos los coordinadores de los GT (u otro miembro del GT en quien deleguen) deberán estar presentes en reunión de la Asamblea Anual. Durante la Asamblea, si la Junta lo solicita, el coordinador del GT deberá informar de las actividades del GT. |
9. Disolución del Grupo de Trabajo
9.1 |
La Junta Directiva podrá decidir la disolución de un GT si: |
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a) |
No cumple con los requisitos establecidos en el punto 4 de esta Normativa. |
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b) |
No cumple con las normas de funcionamiento establecidas en el punto 5 de esta Normativa. |
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c) |
Si no cumple con los objetivos para los que ha sido constituido. |
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d) |
Si no muestra actividad. |
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e) | Si a criterio de la JD su existencia ya no se considera necesaria. | |
9.2 |
En caso de discrepancia entre la JD y el GT y que éste no acepte su disolución, el Coordinador podrá defender su continuidad como tal GT en la Asamblea General que, en su caso, tomará la decisión definitiva. Para ello es necesario que el Coordinador del GT lo solicite con 1 mes de antelación al Secretario de la Junta para que pueda ser incluido en el orden del día. |
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