El Comité Científico estará formado por el Presidente (cargo que será desempeñado por el Vicepresidente de la SEUP) y cuatro Vocales de la Junta Directiva, (estos últimos elegidos por la propia Junta mediante votación).
Cuando existan problemas de conflictos de intereses, como en el caso de concesión de Becas, por tener relación profesional directa con alguno de los candidatos, se excluirán temporalmente los miembros del Comité implicados, debiendo ser sustituidos por otros miembros de la Junta Directiva hasta que exista un mínimo de tres miembros sin conflictos de intereses. En el caso de que no fuera posible reunir dicho número se facultará a la Junta Directiva para designar transitoriamente para dicho cargo a otro socio numerario de la SEUP.
Los miembros del Comité Científico serán elegidos por un periodo de 4 años, renovándose cuando finalice su mandato en la Junta Directiva de la SEUP.
Misiones
Velar por el mantenimiento de los valores de la SEUP en todas sus actuaciones: reuniones anuales, publicaciones, elaboración de manuales, protocolos y cursos de actualización. Estos principios se complementan con el respeto a la independencia de los Servicios de Urgencia de Pediatría en el ámbito de su trabajo, en relación con aspectos diagnósticos y terapéuticos.
Conceder el Aval de la SEUP a reuniones, cursos, guías clínicas, protocolos, publicaciones y otros documentos cuyos responsables lo soliciten y que cumplan los requisitos necesarios establecidos por el Comité Científico . El aval y la acreditación de la SEUP, plasmados con el sello identificativo de la Sociedad, deben ir unidos a los conceptos de rigurosidad, medicina basada en la evidencia y actualización científica. Aunque no es el objetivo primordial, el Comité Científico procurará que la calidad editorial de las publicaciones vaya en consonancia con su calidad científica. La SEUP enviará un diploma acreditativo, con el número de identificación correspondiente a los responsables de las actividades o documentos acreditados.
Vigilar el mantenimiento de la coherencia científica entre los diferentes documentos, protocolos o actualizaciones que se realicen dentro la SEUP. Cuando se introduzcan modificaciones en documentos establecidos, se hará constar en el más reciente los aspectos modificados, haciendo referencia expresa al documento que sustituye. Además se enviará una nota explicativa que aparecerá en la página web de la Sociedad.
Conceder las Becas convocadas por la SEUP para trabajos de investigación y/o para cursos de formación continuada. Establecer los criterios de la concesión y extensión del correspondiente diploma acreditativo.
Fijar un modelo unificado de evaluación de las comunicaciones presentadas a las Reuniones Anuales, de utilización obligatoria en todas ellas. El Comité tendrá potestad para modificarlo sucesivamente cuando lo estime necesario.
Conceder el Premio al mejor trabajo entre todas las comunicaciones (orales y pósters) presentadas en la Reunión Anual, estableciendo previamente los criterios de calificación. Para ello, el Comité organizador de cada Reunión Anual deberá enviar al presidente de este Comité Científico todos los resúmenes aceptados para comunicaciones orales y pósters, al menos con tres semanas de antelación respecto al inicio de la Reunión. El 1º Premio está dotado con 1.500 €, existiendo un accésit de 900 €. No optarán a dichos premios aquellos trabajos firmados por cualquier Grupo Colaborativo Multicéntrico de Trabajo, ya sea de nuestra Sociedad o de otra, por entender que el objetivo de estos premios es estimular el esfuerzo de los pequeños grupos de trabajo.
Supervisar los contenidos de la Revista de la SEUP.
Informar en la Asamblea General de Socios de la SEUP de las labores realizadas en el último año, fundamentalmente en lo relacionado a concesión de Becas, Premios, Avales, así como producción científica de los miembros de la SEUP.